El Tribunal de Competencia pidió evitar obstáculos injustificados en el mercado de máquinas recreativas de Aragón

| 4 de noviembre de 2026

El Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón (TDCA) informó en contra de estimar las alegaciones presentadas al proyecto de Reglamento General del Juego autonómico en relación con la instalación de máquinas recreativas en establecimientos de hostelería. El organismo consideró que las pretensiones planteadas podían generar importantes barreras de entrada para otros operadores económicos sin estar justificadas por razones de interés general.

El informe fue aprobado por el pleno del TDCA en su sesión del 29 de mayo de 2026 y se hizo público el 9 de junio. Su objetivo fue analizar la adecuación del proyecto de decreto a la normativa de defensa de la competencia, especialmente en lo relativo a las condiciones para instalar máquinas de juego en bares y otros establecimientos hosteleros.

El proyecto de Reglamento General del Juego pretendía recopilar y actualizar la normativa aragonesa en esta materia e incorporar algunas modificaciones. Entre los aspectos examinados figuraron los artículos 51, 52, 53 y 54 del entonces vigente Reglamento de Máquinas de Juego y Salones de Aragón, aprobado mediante el Decreto 22/2015, de 24 de febrero. Estas disposiciones se trasladaron, con algunos cambios, a los artículos 240 y 242 del proyecto.

Durante el trámite de información pública se recibieron alegaciones relacionadas con estos preceptos. Ante las cuestiones planteadas, se solicitó al Tribunal que valorase si las modificaciones propuestas respetaban la normativa de competencia y si las objeciones formuladas estaban suficientemente justificadas y podían ser atendidas.

Posibles barreras de entrada para otros operadores

Tras analizar las propuestas, el TDCA consideró que las pretensiones recogidas en las alegaciones podían suponer importantes obstáculos para la entrada de otros operadores económicos en el mercado. A juicio del organismo, estas restricciones no estaban respaldadas por motivos de interés general que justificasen su aplicación.

Por este motivo, el Tribunal informó en contra de estimar las alegaciones presentadas en relación con los artículos examinados del proyecto de Reglamento.

El pronunciamiento incorporó así el criterio de la autoridad autonómica de competencia a la tramitación de la nueva regulación del juego, particularmente en un ámbito como la instalación de máquinas recreativas en hostelería, en el que las condiciones de acceso y operación podían tener efectos sobre la competencia entre las empresas del sector.